MEF confirma aumento salarial de S/125 para trabajadores públicos: ¿Quiénes reciben más?

El MEF ha detallado lo aumentos para los trabajadores públicos que fueron confirmados para 2027. - Crédito Andina/Jhonel Rodríguez Robles

Ya el Poder Ejecutivo y las confederaciones de trabajadores estatales han firmado el Convenio Colectivo Centralizado 2026-2027, que incluye aumentos salariales para la diversidad de regímenes laborales del Estado.

Es el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), sin embargo, el que tiene que mover el dinero para asegurar estos pagos. Así, ya esta entidad ha comunicado oficialmente que se darán estos aumentos, que consideran un aumento de S/125 como monto más común de incremento entre los niveles de gobierno y diferentes regímenes. Pero habrán algunos que recibirán aún un monto mayor, así como también menor.

  • Reciben S/ 60,00: trabajadores del del Gob. Nacional y Regionales de 1) Leg. N° 728 de entidades con nuevas escalas remunerativas desde el 2023, 2) D. Leg. N° 1057 (CAS) con ingreso mayor a S/ 4.364,19 y 3) Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil
  • Reciben S/ 105,00: trabajadores del Gob. Nacional y Regionales del D. Leg. N° 276 por Escala Base del Incentivo Único – CAFAE
  • Reciben S/ 117,00: trabajadores del Gob. Nacional y Regionales del D. Leg. N° 276 por Monto Único Consolidado (MUC)
  • Reciben S/ 125,00: trabajadores del Gob. Nacional y Regionales de 1) D. Leg. N° 728 de entidades sin nuevas escalas remunerativas desde el 2023, 2) D. Leg. N° 1057 (CAS) con ingreso mayor a S/ 2.364,19 y menor o igual a S/ 4.364,19 y 3) Ley N° 31991, Cuerpo de Guardaparques; y trabajadores de Gobiernos Locales de 4) D. Leg. N° 276 y 5) D. Leg. N° 1057 (CAS)
  • Reciben S/ 150,00: trabajadores de Gobiernos Locales del D. Leg. N° 728
  • Reciben S/ 153,00: trabajadores del Gob. Nacional y Regionales del D. Leg. N° 1057 (CAS) con ingreso mensual menor o igual a S/ 2.364,19.

Para aplicar los nuevos plazos solo falta que el Pleno del Congreso apruebe la norma y luego el Ejecutivo la promulgue. - Crédito Andina

MEF comunica aumentos

“La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, pone en conocimiento que el 30 de junio de 2026 se suscribió el convenio colectivo a nivel centralizado 2026-2027 entre la Representación Empleadora del Estado Peruano y la Representación Sindical integrada por las confederaciones estatales CITE – UNASSE – CTE PERÚ – CONFETEP Y CONASEP, en el marco de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal”, comunicó el MEF oficialmente.

Así, en este se adoptaron acuerdos en materia de ingresos de personal que entrarán en vigencia el 1 de enero de 2027. Además de los aumentos ya detallados anteriormente, la comunicación del MEF resalta el “establecimiento de una nueva Remuneración Integra Mensual que consolida los conceptos de ingresos aprobados en la negociación colectiva centralizada celebrados en los años 2022, 2023, 2024 y 2025 para los servidores de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria”.

De igual manera, si bien los aumentos para los gobiernos regionales y nacional serán financiados con el monto destinado del espacio fiscal qu estableció el MEF durante la negociación colectiva, los de los gobiernos locales serán financiados “con los ingresos de cada municipalidad”

Así quedan los aumentos para el sector público, que entrarían en vigencia desde enero del 2027. - Crédito Captura de MEF

Ahora toca la negociación descentralizada

Tras el acuerdo a nivel centralizado, ahora los sindicatos podrán empezar la negociación colectiva descentralizada.

Ante esto, el MEF recuerda a las entidades del sector público que “en el marco de la Ley N° 31188 y el D.S. N° 008-2022-PCM que regulan la negociación colectiva en el sector estatal, aquellas materias ya pactadas en el convenio colectivo a nivel centralizado (incrementos remunerativos y/o conceptos de carácter remunerativo, bajo cualquier denominación) no podrán ser objeto de negociación en el nivel descentralizado en los ámbitos por entidad, territorial u aquel que la organización sindical considere pertinente”.

“Finalmente, se precisa que de acuerdo con el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, todo proceso de negociación colectiva o proceso de arbitraje laboral se sujeta al cumplimiento de las normas de la Administración Financiera del Sector Público, respetando estrictamente los principios de equilibrio y programación multianual, las reglas macrofiscales y las reglas para la estabilidad presupuestaria para cada año fiscal, bajo responsabilidad”, aclaran.

Como se sabe, esta nueva negociación se dará a pocas semanas de que entre Keiko Fujimori como nueva presidenta de la República.